La nueva Ley TIC y la representación de las regiones en la CRC

12 Agosto 2019.

La nueva Ley TIC y la representación

de las regiones en la CRC

Por: Tamara de la Motta Martínez, Socia del CPB.

El pasado mayo el Gobernador de Boyacá Carlos Andrés Amaya Rodríguez, en su calidad de presidente de la Federación Nacional de Departamentos (FND) dirigió una carta a la Ministra de Educación, María Victoria Angulo, en la cual le solicitó dar “inicio de proceso de selección del miembro de la Junta Nacional de Televisión en representación de los Gobernadores”.

El Presidente de la FND, le informó a la Ministra de Educación que la sesión CI de la Asamblea Extraordinaria de Gobernadores, realizada el 3 de mayo de 2019 en Florencia (Caquetá), dispuso recaudar entre los mandatarios territoriales las hojas de vida de los postulados para ocupar un cargo en la Junta Directiva de la Autoridad Nacional de Televisión, ANTV, en representación de los Departamentos del país, conforme lo disponía el literal c) del artículo 4º de la Ley 1507 de 2012, dado que el período fijo del ingeniero Ernesto Orozco, vence durante el mes de agosto de 2019.

Además de la Carta remitida por Amaya Rodríguez, la Ministra, recibió las hojas de vida de cinco profesionales postulados por los gobernadores del país.

Dos exfuncionarios del gobierno: el ingeniero electrónico Nicolás Mauricio Silva Cortes, Director de Industria de Comunicaciones del MINTIC y servidor público de la CRC, presentado por el gobernador del Tolima y la del abogado externadista Juan José Ramírez Reátiga, Asesor del Viceministerio y Directivo encargado en el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, MINTIC, postulado por los gobernadores de Cundinamarca y Bolívar.

Las otras tres hojas de vida corresponden al Profesional en Mercadeo y Negocios Internacionales Deninson Mendoza Ramos, Secretario de Desarrollo Económico de la gobernación del Valle, acreditado por ese departamento; el ingeniero electrónico Carlos Julio Villanueva Soto, Consultor privado y antiguo Subdirector Técnico de la Comisión Nacional de Televisión (CNTV), presentado por la Gobernación del Meta y,  los gobernadores de Boyacá, Nariño y Putumayo, postularon al profesor Juan Carlos Garzón Barreto, doctorado en Derecho del Externado de Colombia y exdirector de Contenidos y Defensoría del Televidente de la CNTV.

Ahora que la Ley TIC (Ley 1978/19) suprimió la ANTV, la representación de los entes territoriales ante la nueva Sesión Audiovisual de la CRC quedó en cabeza de un comisionado que será elegido por los Canales Regionales de Televisión, operadores públicos en cuya junta directiva también tienen asiento los Gobernadores del país, la Alcaldía Mayor de Bogotá y el MINTIC.

En relación con esta nueva situación administrativa, se desconoce si para el proceso de selección del comisionado de la CRC, escogido por los Canales Regionales, se tomará la decisión con base en las cinco hojas de vida que fueron presentadas por los mandatarios territoriales, en desarrollo de la determinación adoptada por la Asamblea Extraordinaria de Gobernadores realizada en mayo en el departamento del Caquetá, o se recibirán nuevas postulaciones, con base en el Decreto reglamentario que actualmente prepara la Ministra de TIC Sylvia Constain.

Lo anterior, considerando que la Ley TIC estableció un régimen muy estricto de requisitos para los aspirantes al cargo de comisionado de la Sesión Audiovisual de la CRC y de inhabilidades para que los vinculados con los canales regionales de televisión puedan ser postulados.

Además, según la Ley TIC, la Sesión Audiovisual de la CRC, no tendrá ninguna función relacionada con la definición o priorización de proyectos de inversión o de ingeniería para los canales regionales o con la administración de los recursos de la televisión pública. La función misional de esta nueva Sesión Audiovisual del regulador se enfoca en el cumplimiento de los fines del servicio público de televisión: formar, informar, recrear y educar.

Esta Sesión Audiovisual tendrá a su cargo la salvaguarda del pluralismo, la imparcialidad informativa, la garantía de los derechos de la niñez y la familia frente a los contenidos de la televisión, la investigación y sanción de los canales y concesionarios de espacios que sean infractores, la interlocución con la ciudadanía y la protección de los derechos de las audiencias.

Estará por verse entonces si los postulados cumplen con los requisitos para el cargo; no se encuentran incursos en el régimen de inhabilidades; y poseen el perfil académico, la independencia jurídica y la experiencia profesional pertinente para hacer respetar los derechos de las audiencias, sin menoscabar los derechos a la expresión, la información y la libertad de prensa de que también gozan los periodistas y los medios que componen la industria de la televisión en Colombia.